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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. J/41 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215202
- Clave de tesis
- XX. J/41
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 96
BANCO NACIONAL DE MEXICO, S. A. NO ES NECESARIO ACOMPAÑAR A LA DEMANDA, EL DECRETO POR EL QUE SE TRANSFORMA LA INSTITUCION BANCARIA DE S.N.C., A.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 68, Agosto de 1993; Pág. 96
Si bien es cierto que el actor (apoderado de Banco Nacional de México, S. A.), no acompañó a su escrito de demanda ni hizo alusión en la misma del decreto por el que se transforma esa institución bancaria de S. N. C. a S. A., también lo es, que ello no transgrede el contenido de los artículos 94, 95 y 97, ni el 55 del Código de Procedimientos Civiles invocados por el quejoso; en la medida que, lejos de la existencia de precepto legal alguno que obligue acompañar a los poderes otorgados por la institución en comento el aludido decreto, en el artículo 7o. del mismo se establece que: "Los nombramientos, poderes, mandatos, comisiones, designaciones de delegados fiduciarios y, en general, las representaciones otorgadas y las facultades concedidas por la sociedad que se transforma, subsistirán en sus términos en tanto que no sean modificados o revocados expresamente".
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 193/93. Roberto Alberto Morales Zúñiga y Aurora de Jesús Morales Ramos. 22 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Amparo directo 209/93. Javier Marín de la Rosa por sí y como representante legal de la empresa "Consorcio Inmobiliario", S. A. de C. V. 29 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Amparo directo 332/93. José M. Ramírez Rojas y otra. 10 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz.
Amparo directo 346/93. Javier Marín de la Rosa y Yolanda Estrada Molano. 17 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ronay de Jesús Estrada Solís.
Amparo directo 357/93. Carmen Vidal Tapia Vda.. de Ruíz. 1o. de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Arturo J. Becerra Martínez.