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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215206
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 314
ABOGADOS. OTORGAMIENTO DE CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Y PAGO DE HONORARIOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 314
Si bien la acción de otorgamiento de contrato de servicios profesionales no tiende a justificar la calidad de profesionista del actor, sino los términos en que según dijo celebró el contrato con los demandados como acción estrictamente personal; sin embargo, por las características propias de la misma y sobre todo cuando se demanda como prestación principal el pago de honorarios profesionales, se involucra la necesidad de probar fehacientemente tal calidad, es decir, que se tiene título de abogado o licenciado en derecho, para poder cobrar dichos honorarios pues así lo establecen los artículos 2523 del Código Civil del Estado y 68 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 41/92. Magda Carrillo Tejeda. 12 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 85/2004-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 16/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, abril de 2005, página 290, con el rubro: "HONORARIOS. LA ACCIÓN DE PAGO DERIVADA DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, REQUIERE PARA SU PROCEDENCIA QUE EL ACTOR EXHIBA LA CÉDULA PROFESIONAL QUE ACREDITE SU CALIDAD DE LICENCIADO EN DERECHO."