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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215271
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 345

APELACION, FACULTADES DEL TRIBUNAL DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 345

Precedentes

Amparo directo 803/92. Gregorio Ricardo Velázquez. 26 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Bárker. Secretario: Alejandro García Gómez. Reitera criterio de la tercera tesis relacionada con la jurisprudencia 188, visible en la página 332, Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1988.
Registro digital (IUS): 215271