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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215340
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 383

CONCEPTOS DE VIOLACION. LA SUPLENCIA DE SU DEFICIENCIA EN MATERIA PENAL, NO PUEDE EXTENDERSE AL ANALISIS DE ACTOS NO RECLAMADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 383

Precedentes

Amparo en revisión 434/92. Santos Sandoval Aguilar. 13 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Manuel Patiño Vallejo. Secretario: Francisco Fon Hernández. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen IV, Pág. 254.
Registro digital (IUS): 215340