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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215342
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 383

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 383

Precedentes

Amparo directo 258/92. Adalberto Rubio Izquierdo. 14 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretario: Arturo Ortegón Garza. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia V.2o. J/1, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, Abril de 1995, página 70, de rubro: "CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES."
Registro digital (IUS): 215342