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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 389
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. CARECE DE LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA EL ARRENDADOR, SI EL BIEN MATERIA DEL INQUILINATO NO PERTENECE A ESTE Y NO ACREDITA ESTAR FACULTADO PARA DARLO EN ARRENDAMIENTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 389
No basta la sola exhibición del contrato de arrendamiento suscrito por las partes, si el bien materia del inquilinato no pertenece al arrendador, supuesto que debe acreditar tener facultades para dar en arrendamiento el local arrendado, caso contrario carece de legitimación procesal activa para comparecer en juicio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 110/92. Esteban Tondopó García. 2 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Carlos S. Suárez Díaz.