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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 449
HORAS EXTRAS. CARGA PROBATORIA. INTERPRETACION DEL ARTICULO 66 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 449
Una recta interpretación del artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo permite establecer que, lejos de imponer una carga probatoria para el obrero cuando reclama pago de horas extras más allá de las autorizadas por la ley; regula una prohibición para el patrón de no prolongar excesivamente la jornada de trabajo por más de tres veces a la semana ni de tres horas en cada ocasión, por lo que es absurdo pretender que, cuando el empleador infringe tal prohibición se deba sancionar al obrero con la carga probatoria; pues tal manera de pensar pugna con el espíritu protector de la Ley Federal del Trabajo en favor de la parte débil de la relación laboral y con lo ordenado expresamente por el artículo 784 fracción VIII de la invocada ley.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 125/93. Luis Buenrostro Cruz. 28 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Aurelio Sánchez Cárdenas. Secretaria: Catalina Rangel Martínez.