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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 458
INSCRIPCION EN DIA INHABIL DEL AVISO PREVENTIVO DE TRASLACION DE DOMINIO REALIZADO EN UN INMUEBLE EMBARGADO, PARA QUE CAREZCA DE EFICACIA JURIDICA ES NECESARIO ACREDITAR FEHACIENTEMENTE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 458
Es inexacto que la inscripción del aviso preventivo de traslación de dominio realizado en un inmueble embargado carezca de eficacia jurídica por haberse realizado en día inhábil, cuando la autoridad responsable se encontraba de vacaciones, si de las constancias de autos no se advierte ningún elemento de convicción que demuestre tal aseveración, sino únicamente lo aducido en el sentido de que el período vacacional, se encuentra previsto en el Decreto número 29, promulgado el día trece de enero de mil novecientos ochenta y nueve, para tener por demostrada tal circunstancia; ya que debió demostrar fehacientemente la recurrente ese extremo, en razón de que si bien, es de observancia obligatoria su cumplimiento no es imperativo, el cual puede variarse según las necesidades del servicio que presta la responsable.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 210/93. Banca Serfín, S. A. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.