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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215513
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 472

LIBERTAD PROVISIONAL. REVOCACION DE LA. NO REQUIERE PREVIA AUDIENCIA DEL INCULPADO (LEGISLACION DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 472

Precedentes

Amparo en revisión 60/93. Luis Manuel Barbosa Záizar. 17 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Alberto Montes Hernández. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VI, Segunda Parte 2, página 567 y Séptima Epoca, Volumen 15, pág. 28.
Registro digital (IUS): 215513