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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 488
NOMBRE COMERCIAL. SUS IMPLICACIONES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 488
El dueño del nombre comercial, tiene derecho a su uso exclusivo, a aplicarlo a productos o servicios, a registrarlo y usarlo como marca, limitar el giro del establecimiento, cancelar la publicación, ceder el nombre comercial, otorgar licencias, oponerse a la existencia y publicación de otro nombre comercial, solicitar la aplicación de las sanciones que correspondan y reclamar el pago de daños y perjuicios, así como gozar de protección incluso en el extranjero. Correlativamente, encontramos entre otras obligaciones del titular de un nombre comercial, el usar dicho nombre, renovar los efectos de la publicación y no permitir o propiciar que se transforme en denominación genérica.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 23/93. La Hija de Moctezuma de la Guerrero, S.A. de C.V. 13 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosa María Gutiérrez Rosas.