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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215554
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 501
PAGARE. SI EN EL SE EXPRESA EL NOMBRE DE LOS MESES DE SUSCRIPCION Y PAGO, A TRAVES DE UN NUMERO, Y SE ABREVIA EL AÑO CON LOS DOS ULTIMOS NUMEROS, DICHO DOCUMENTO NO PIERDE SU CARACTER DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 501
La circunstancia de que no se hubiese puesto en un pagaré el nombre de los meses de suscripción y pago y que se hubiese abreviado el año expresado sólo con los dos últimos números, ello no trae como consecuencia que el documento pierda su carácter de pagaré, pues, dado el reducido espacio que presentan las formas impresas de este tipo de documento, es costumbre expresar el nombre del mes a través de un número emulando los doce meses del año con igual cantidad de dígitos, y por esas mismas razones también es costumbre abreviar el año con los dos últimos números, en la inteligencia que ningún otro significado se puede atribuir a tales datos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 47/93. José Natividad Espinoza Sánchez. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro F. Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico.