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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215577
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 513

PERSONALIDAD DE LAS PARTES, NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSION NI IRROGA PERJUICIO ALGUNO LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LA RESPONSABLE DE OFICIO ANALICE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 513

Precedentes

Amparo directo 262/92. Jesús Bibiano Castillejos Gómez. 2 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Carlos S. Suárez Torres.
Registro digital (IUS): 215577