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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215659
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 552

RESCISION POR INCUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE. CARECE DE INTERES LA QUEJOSA Y POR TANTO NO DEBE SER LLAMADA A JUICIO SI EL CONTRATO SE CELEBRO UNICAMENTE CON SU ESPOSO Y ESTA NO ACREDITO HABER PARTICIPADO EN SU CELEBRACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 552

Precedentes

Amparo en revisión 122/93. Manuela Ruíz Pérez. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Registro digital (IUS): 215659