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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215713
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 579

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL. NO COMPRENDE REQUERIR O RECABAR PRUEBAS OFICIOSAMENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 579

Precedentes

Amparo en revisión 134/93. Román Rivera López. 3 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro F. Reyes Colín. Secretario: Rubén D. Aguilar Santibáñez.
Registro digital (IUS): 215713