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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 597
USO DE NOMBRE COMERCIAL. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Agosto de 1993; Pág. 597
En los términos de la fracción II del artículo 147, de la Ley de Invenciones y Marcas (vigente hasta el 26 de junio de 1991), precepto aplicable al nombre comercial por mandato del diverso 187 del mismo ordenamiento, quien haga valer un mejor derecho de uso o de uso exclusivo, tiene la carga de probar el uso de dicho nombre comercial ininterrumpidamente en el año anterior (de acuerdo con el artículo 186 de la ley invocada); por lo que si en el caso, la empresa recurrente ofreció como prueba documentos que se refieren al pago de los derechos correspondientes a la licencia de traspaso de su negociación y al pago de los derechos de revalidación de la licencia para operar el giro de restaurante, con servicio de cantina, es inconcuso que dichas documentales únicamente demuestran que se cubrieron los derechos correspondientes a la licencia de traspaso y de revalidación de registro del giro comercial de la recurrente, pero en modo alguno acreditan el uso ininterrumpido del nombre comercial, un año antes de la fecha de uso declarado por la tercero perjudicado.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 23/93. La Hija de Moctezuma de la Guerrero, S.A. de C.V. 13 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosa María Gutiérrez Rosas.