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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Sobre el tema tratado, la Segunda Sala resolvió la contradicción de tesis 21/92-SS, de la que derivó la tesis 2a./J. 21/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 72, página 21, con el rubro: "AGENTES ADUANALES, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL ACTO EN QUE ACUERDE SUSPENDERLOS EN SUS FUNCIONES."

XV.1o. J/3 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215786
Clave de tesis
XV.1o. J/3
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 67, Julio de 1993; Pág. 73

AGENTE ADUANAL. ORDEN DE SUSPENSION DE PATENTE DE.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 67, Julio de 1993; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 10/92. Procurador Fiscal de la Federación en nombre y por ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público. 20 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José de Jesús Bernal Juárez. Amparo en revisión 22/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público y otro. 20 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José Luis Delgado Gaytán. Recurso de queja 27/92. Jesús de Galilea Peña García. 21 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José Luis Delgado Gaytán. Recurso de queja 7/93. Director General de Aduanas. 2 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Angel Morales Hernández. Secretaria: Blanca Evelia Parra Meza. Recurso de queja 16/93. Administrador General de Aduanas. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico. Nota: Sobre el tema tratado, la Segunda Sala resolvió la contradicción de tesis 21/92-SS, de la que derivó la tesis 2a./J. 21/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 72, página 21, con el rubro: "AGENTES ADUANALES, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL ACTO EN QUE ACUERDE SUSPENDERLOS EN SUS FUNCIONES."
Registro digital (IUS): 215786