Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/215821
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215821
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 154

APELACION EXTRAORDINARIA, RESOLUCION DEL JUEZ QUE LA DESECHA O LA DECLARA IMPROCEDENTE, ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO, INTERPRETACION DE LA JURISPRUDENCIA DE LA TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA AL RESOLVER LA CONTRADICCION DE TESIS NUMERO 35/92.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 154

Precedentes

Amparo en revisión 630/93. Valentín Salgado Agustín. 29 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Registro digital (IUS): 215821