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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215830
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 159

ARRENDAMIENTO, LOS AVISOS DE LA NUEVA PROPIEDAD Y DE TERMINACION DEL, AL INQUILINO, POR SI SOLOS NO LEGITIMAN PARA DEMANDAR COMO ARRENDADOR SUBSTITUTO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 159

Precedentes

Amparo directo 645/92. Carlos Herrera Palacios. 2 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Soto Gallardo. Secretario: Carlos Fuentes Valenzuela.
Registro digital (IUS): 215830