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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215863
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 180

CONFESIONAL. EL LIMITE PROCESAL PARA RECIBIRLA ES LA CITACION PARA SENTENCIA DEFINITIVA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 180

Precedentes

Amparo directo 350/92. Sergio Benjamín Montoya Labra. 26 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Campuzano Medina. Secretario: Gildardo Octavio Burciaga Villa.
Registro digital (IUS): 215863