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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215915
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 208

EMPLAZAMIENTO A JUICIO DE PRIVACION DE DERECHOS INDIVIDUALES AGRARIOS, SI NO SE MENCIONAN LOS LUGARES EN LOS QUE FUERON FIJADAS LAS CEDULAS NOTIFICATORIAS ES ILEGAL EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 208

Precedentes

Amparo en revisión 47/93. Silvia Lerma Prieto y coagraviadas. 8 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Rivera Corella. Secretario: Maclovio Murillo Chávez.
Registro digital (IUS): 215915