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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215919
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 210

ENDOSO. SUS REQUISITOS CUANDO LO HACE UNA PERSONA MORAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 210

Precedentes

Amparo directo 444/92. "Colchones y Muebles Indispensables", S.A. de C.V. e "Inmobiliaria Jena", S.A. de C.V. 21 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Waldo Guerrero Lazcares. Amparo directo 511/90. Carlos Moisés Ríos de la Vega y José Luis Ríos Torres. 26 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Amparo directo 200/88. Ricardo López Espino y otros. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o.C. J/315, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, diciembre de 2009, página 1296, de rubro: "ENDOSO. SUS REQUISITOS CUANDO LO HACE UNA PERSONA MORAL."
Registro digital (IUS): 215919