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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 216
FIDEICOMISO. NO PUEDE CONSIDERARSE COMO TERCERO EXTRAÑO A UN JUICIO MERCANTIL, QUIEN NO FUE PARTE EN EL CONTRATO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 216
El fideicomiso es un contrato mediante el cual una persona física o moral transfiere la propiedad de una parte de sus bienes a una institución fiduciaria, para que con ellos realice un fin lícito, que la propia persona señala en el contrato respectivo, siendo los sujetos en el mismo el fideicomitente, fiduciario y fideicomisario, sin que puedan considerarse como parte, personas con las cuales no se celebró el contrato. Consecuentemente no podrá ostentarse como tercero extraño a un juicio mercantil, vinculado con prestaciones inherentes a tal consenso, quien no fue parte en él, ni demuestra una subrogación legal en los derechos de cualquiera de las partes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2/93. Jorge Beer Laxer. 18 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: José Luis Flores González.