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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 215957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 237
LEGITIMA DEFENSA, ALEGADA COMO EXIMENTE A TITULO DE EXCEPCION. DEMOSTRACION DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 237
Para analizar y decidir la legítima defensa en homicidio, alegada como eximente a título de excepción, la Sala responsable debe tener en cuenta cabalmente las constancias del sumario que puedan incidir en su demostración y no sólo las que perjudiquen al sentenciado, so pena de violar garantías individuales de éste.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 43/93. Camerino Rojas Morales. 12 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.