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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
215986
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 256

ORDEN DE APREHENSION. PARA SU DICTADO NO SE REQUIERE QUE DEBA DEMOSTRARSE PLENAMENTE LA EXISTENCIA DEL CUERPO DEL DELITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 256

Precedentes

Amparo en revisión 220/92. Lorenzo Pérez Capdevilla. 2 de diciembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: Lourdes Juárez Sierra.
Registro digital (IUS): 215986