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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216020
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 276

PRUEBA PERICIAL, SI EN UN JUICIO MERCANTIL EL ACTOR Y DEMANDADO DESIGNAN AL MISMO PERITO, NO DEBE DESAHOGARSE EN FORMA COLEGIADA LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 276

Precedentes

Amparo directo 52/93. Julio César López Trujillo. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: José Emigdio Díaz López.
Registro digital (IUS): 216020