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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 216020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 276
PRUEBA PERICIAL, SI EN UN JUICIO MERCANTIL EL ACTOR Y DEMANDADO DESIGNAN AL MISMO PERITO, NO DEBE DESAHOGARSE EN FORMA COLEGIADA LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 276
Si la parte actora y demandada en un juicio mercantil coincidieron en designar al mismo perito, conforme a lo dispuesto por el artículo 354 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley mercantil, tal probanza no tiene porqué desahogarse en forma colegiada.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 52/93. Julio César López Trujillo. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: José Emigdio Díaz López.