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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216101
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 327

VACANTE O PUESTO DE NUEVA CREACION. LA SOLICITUD PARA OCUPARLO, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 155 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ES NECESARIO QUE QUIEN LO PRETENDE, ACREDITE EN JUICIO QUE LA PRESENTO; NO ASI QUIEN YA LO DESEMPEÑA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Julio de 1993; Pág. 327

Precedentes

Amparo directo 994/93. Fernando Maya Méndez. 17 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez. Secretario: Jorge Villalpando Bravo.
Registro digital (IUS): 216101