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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216172
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 250

CORREO, RECURSO DE QUEJA PRESENTADO POR, NO DEBE TOMARSE EN CUENTA PARA EL COMPUTO RESPECTIVO LA FECHA EN QUE SE PRESENTO EN EL CORREO SI EL PROMOVENTE RESIDE EN EL MISMO LUGAR DEL JUZGADO O TRIBUNAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 250

Precedentes

Queja 371/92. Director General de Asuntos Jurídicos en ausencia del Secretario de la Reforma Agraria. 27 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Registro digital (IUS): 216172