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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216176
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 252

DEMANDA DE AMPARO, LA CERTEZA DE PROCEDENCIA DE UN RECURSO CONDUCE AL DESECHAMIENTO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 252

Precedentes

Queja 3/93. Moreno y Asociados, S. A. 11 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.3o.C. J/62, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, febrero de 2006, página 1665, de rubro: "DEMANDA DE AMPARO. LA CERTEZA DE PROCEDENCIA DE UN RECURSO CONDUCE AL DESECHAMIENTO DE LA."
Registro digital (IUS): 216176