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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216197
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 292

PERSONALIDAD. PARA QUE PROCEDA EL ANALISIS DE ESE PRESUPUESTO EN EL AMPARO, REQUIERE SU IMPUGNACION EN EL JUICIO NATURAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 292

Precedentes

Amparo directo 221/93. La Luz, S.A. de C.V. 21 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.1o. J/5, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, abril de 1996, página 264, de rubro: "PERSONALIDAD. PARA QUE PROCEDA EL ANALISIS DE ESE PRESUPUESTO EN EL AMPARO, REQUIERE SU IMPUGNACION EN EL JUICIO NATURAL."
Registro digital (IUS): 216197