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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216210
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 300

RESOLUCIONES Y ACUERDOS DE MERO TRAMITE. EL PRESIDENTE DE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO NO VULNERA LAS GARANTIAS INDIVIDUALES TUTELADAS EN LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES, AL EMITIR LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 300

Precedentes

Reclamación 7/93. Jaime Alfonso Méndez Osio. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinoza. Secretario: Juan Manuel Cárcamo Castillo.
Registro digital (IUS): 216210