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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216213
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 301

REVISION DEL AUTO DE SUSPENSION. CARECE DE MATERIA CUANDO CAUSA EJECUTORIA LA SENTENCIA DICTADA EN EL PRINCIPAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 301

Precedentes

Amparo en revisión 193/93. Fernando Gaona Sánchez. 7 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.1o. J/10, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, marzo de 1998, página 734, de rubro: "REVISIÓN DEL AUTO DE SUSPENSIÓN. CARECE DE MATERIA CUANDO CAUSA EJECUTORIA LA SENTENCIA DICTADA EN EL PRINCIPAL."
Registro digital (IUS): 216213