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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.8o.C.6 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216296
Clave de tesis
I.8o.C.6 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 290

APELACION. ES PROCEDENTE CONTRA EL ACUERDO QUE ORDENA EL DESAHOGO DE LA PRUEBA CONFESIONAL, EN FORMA DIVERSA A LA QUE FUE ADMITIDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 290

Precedentes

Amparo directo 7/92. Legamex, S.A. de C.V. 20 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Benito Alba Centeno.
Registro digital (IUS): 216296