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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216297
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 291

APELACION. FACULTADES DEL TRIBUNAL DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 291

Precedentes

Amparo directo 206/93. Juan Miranda Román. 21 de abril de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Disidente: Enrique Pérez González. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo.
Registro digital (IUS): 216297