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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216309
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 297

AUTO DE FORMAL PRISION, ES INSUFICIENTE LA COPIA CERTIFICADA DEL, PARA DETERMINAR SU CONSTITUCIONALIDAD O INCONSTITUCIONALIDAD, CUANDO EL MISMO SE BASA EN OTRAS PRUEBAS QUE NO FUERON ALLEGADAS AL JUICIO CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 297

Precedentes

Amparo en revisión 17/93. Susana Muñoz Castillo. 17 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco. Amparo en revisión 131/90. Lorenzo Sandoval Aguirre. 11 de julio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco.
Registro digital (IUS): 216309