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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216322
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 306

CONCEPTOS DE VIOLACION INATENDIBLES EN RELACION CON EXCEPCIONES QUE DEBIERON OPONERSE AL CONTESTAR LA DEMANDA LABORAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 306

Precedentes

Amparo directo 34/93. Comercio Internacional del Potosí, S.A. de C.V. 11 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Secretaria: María Elena Segovia Díaz de León.
Registro digital (IUS): 216322