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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216422
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 370

PERSONALIDAD EN EL AMPARO. CUANDO HA SIDO RECONOCIDA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, NO PROCEDE EL INCIDENTE DE FALSEDAD DE DOCUMENTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 370

Precedentes

Amparo en revisión 32/93. Acco World Corporation. 5 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Miguel Angel Cruz Hernández.
Registro digital (IUS): 216422