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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216452
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 386

RECURSO DE RECONSIDERACION. COMPUTO DEL TERMINO DE QUINCE DIAS NATURALES PARA LA INTERPOSICION DEL (ARTICULO 82 DEL REGLAMENTO PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DEL MAR TERRITORIAL, VIAS NAVEGABLES, PLAYAS, ZONA FEDERAL Y MARITIMO TERRESTRE Y TERRENOS GANADOS AL MAR).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 386

Precedentes

Amparo en revisión 7/93. Antonio Hermosillo Chávez. 2 de marzo de 1993. Mayoría de votos. Disidente: Ramón Medina de la Torre. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Julio Ramos Salas.
Registro digital (IUS): 216452