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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216469
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 397

ROBO CALIFICADO. SE CONFIGURA POR ENCONTRARSE LA VICTIMA EN UN VEHICULO PARTICULAR O PUBLICO, CUALQUIERA QUE SEA EL BIEN OBJETO DEL APODERAMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 397

Precedentes

Amparo directo 2025/92. Gustavo Bustamante Ramírez. 25 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Bruno Jaimes Nava. Secretario: Manuel Bárcena Villanueva. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.4o.P. J/5, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 1063, de rubro: "ROBO CALIFICADO. SE CONFIGURA POR ENCONTRARSE LA VÍCTIMA EN UN VEHÍCULO PARTICULAR O PÚBLICO, CUALQUIERA QUE SEA EL BIEN OBJETO DEL APODERAMIENTO."
Registro digital (IUS): 216469