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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 216490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 408
SUSPENSION. ACTOS RESTRICTIVOS DE LA LIBERTAD DENTRO DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL. MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 408
De acuerdo con el contenido de los artículos 124 fracción II, 136 y 138 de la Ley de Amparo, los jueces de Distrito tienen amplias facultades para fijar las medidas de aseguramiento que juzguen convenientes a fin de que el quejoso no se sustraiga a la acción de la justicia ni se suspenda el procedimiento de tipo judicial, cuando se reclame una orden de aprehensión o cualquier acto que restrinja la libertad personal, por lo cual el juez federal al conceder la suspensión proveerá que el quejoso quede a su disposición en cuanto se refiere a su citada libertad, de la cual no puede ser privado, pero como medida de aseguramiento, para garantizarla, al conceder ésta se condiciona al otorgamiento adicional de una caución y a que comparezca ante el juez de la causa dentro del plazo respectivo a fin de sujetarse al procedimiento, pues la sociedad está interesada en que no se entorpezca.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 44/93. María Enriqueta Hernández viuda de Dezsery. 26 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretaria: Martha García Gutiérrez.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.P. J/4, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, octubre de 1996, página 472, de rubro: "SUSPENSION. ACTOS RESTRICTIVOS DE LA LIBERTAD DENTRO DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL. MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO."