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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216510
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 419

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LA EXISTENCIA DE LA RELACION LABORAL NO SE PRESUME, SINO DEBE CONSTAR EN EL NOMBRAMIENTO CORRESPONDIENTE O EN LAS LISTAS DE RAYA. (ARTICULOS 11 Y 14 DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO DE SONORA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Mayo de 1993; Pág. 419

Precedentes

Amparo directo 44/93. Santiago Grijalva Ayala. 3 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretario: Ramón Parra López. Amparo directo 444/92. Instituto de Seguridad de los Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora. 13 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretario: Ernesto Encinas Villegas.
Registro digital (IUS): 216510