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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.T.300 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216554
Clave de tesis
I.1o.T.300 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 201

ACCION NO PROBADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 201

Precedentes

Amparo directo 11871/92. Jesús Iñingo Rodríguez. 25 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, tesis relacionada con la jurisprudencia 20, página 31.
Registro digital (IUS): 216554