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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216578
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 215

ARRENDAMIENTO. CONTRATO DE, CELEBRADO EN LA EPOCA EN QUE EL ARTICULO 2478 DEL CODIGO CIVIL, ERA RENUNCIABLE, DEBE APLICARSE, SI NO SERIA RETROACTIVO EN PERJUICIO DEL ARRENDATARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 215

Precedentes

Amparo directo 385/93. José Marcelo Rubio Gamboa. 4 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Miguel Angel Castañeda Niebla.
Registro digital (IUS): 216578