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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216588
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 219

ASAMBLEA GENERAL DE LOS NUCLEOS DE POBLACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 219

Precedentes

Amparo en revisión 179/92. Felipa Trinidad viuda de Santiago. 29 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Alejandro García Gómez. Reitera criterio de la primera tesis relacionada con la Jurisprudencia 374, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, página 625.
Registro digital (IUS): 216588