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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216683
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 281

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. CUANDO EL ACTOR NO LO ACEPTA EN LA ETAPA CORRESPONDIENTE, NO ES VALIDO QUE CON POSTERIORIDAD SE RETRACTE DE LA NEGATIVA DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 281

Precedentes

Amparo directo 333/92. María de la Paz Vital y coagraviados. 11 de diciembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretario: Manuel Cano Máynez.
Registro digital (IUS): 216683