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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: Sobre el tema tratado, el Tribunal Pleno resolvió la contradicción de tesis 1/92 bis, de la que derivó la tesis P./J. 1/95, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 86-2, febrero de 1995, página 9, con el rubro: "QUEJA. INTERPOSICION DE LA. COMPUTO DEL TERMINO EN CASO DE UNA RESOLUCION DE SUSPENSION PROVISIONAL."
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 216716
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 297
QUEJA, RECURSO DE. SUSPENSION PROVISIONAL. COMPUTO DEL TERMINO PARA SU INTERPOSICION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 297
Si bien el artículo 24, fracción II, de la Ley de Amparo, dispone que los términos en el incidente de suspensión se contarán de momento a momento, el cómputo del término para la interposición del recurso de queja a que se contrae el artículo 95, fracción XI, de la invocada ley, debe hacerse con exclusión de los días inhábiles, ya que lo dispuesto por el citado artículo 24 es aplicable sólo a la tramitación y resolución del incidente de suspensión, pero no para la interposición y resolución del recurso de mérito.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 24/93. Gobernador del Estado de San Luis Potosí y otra autoridad. 11 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Secretario: Ramón Sandoval Hernández.
Nota: Sobre el tema tratado, el Tribunal Pleno resolvió la contradicción de tesis 1/92 bis, de la que derivó la tesis P./J. 1/95, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 86-2, febrero de 1995, página 9, con el rubro: "QUEJA. INTERPOSICION DE LA. COMPUTO DEL TERMINO EN CASO DE UNA RESOLUCION DE SUSPENSION PROVISIONAL."