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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 216718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 298
QUEJA SIN MATERIA, LA SURGIDA EN EL INCIDENTE, CUANDO YA ESTA RESUELTO EL FONDO DEL AMPARO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 298
Cuando el recurso de queja se interpone contra una resolución dictada en el incidente de suspensión del juicio de amparo, y se falla éste sobreseyendo el juicio, el recurso de queja queda sin materia pues el aspecto incidental en que surgió sólo puede durar mientras dura el juicio principal que es su causa y razón de ser.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 92/92. María Magdalena Hernández Castañeda. 10 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.