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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 216751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 318
SUSPENSION, PRUEBAS EN EL INCIDENTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Abril de 1993; Pág. 318
Las pruebas presentadas con la demanda de amparo, se encuentran en el expediente principal del juicio de garantías y como el incidente de suspensión se tramita por cuerda separada, la quejosa debe solicitar compulsa de dichos documentos para que se tomen en consideración al emitirse la interlocutoria.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 263/92. Autobuses Tultepec, S.A. de C.V. 29 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Lidia López Villa.
Véase:
Informe del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 1989, Jurisprudencia 5, página 87.