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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.C.190 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216799
Clave de tesis
I.4o.C.190 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 196

ACLARACION DE AUTOS. ALCANCE DEL ARTICULO 84 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 196

Precedentes

Amparo directo 2903/92. Bernardo Sierra Altamira. 18 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Jaime Uriel Torres Hernández.
Registro digital (IUS): 216799