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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216816
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 204

ADJUDICACION EN MATERIA MERCANTIL. EN CONTRA DEL AUTO QUE LA APRUEBA DEBE AGOTARSE EL RECURSO PROCEDENTE, PREVIAMENTE AL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 204

Precedentes

Amparo en revisión 109/91. Jorge Vázquez Terán y otra. 19 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortes Galván. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o.C. J/190, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 1019, de rubro: "ADJUDICACIÓN EN MATERIA MERCANTIL. EN CONTRA DEL AUTO QUE LA APRUEBA DEBE AGOTARSE EL RECURSO PROCEDENTE, PREVIAMENTE AL JUICIO DE AMPARO."
Registro digital (IUS): 216816