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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216836
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 212

AMPARO IMPROCEDENTE. CUANDO LO ES PROMOVIDO POR LAS AUTORIDADES DEMANDADAS EN UN JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 212

Precedentes

Reclamación 9/92. Presidente Municipal de San Pedro Garza García, N. L. y otros. 2 de diciembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: José Garza Muñiz.
Registro digital (IUS): 216836